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Barrios de la ciudad de Balcarce
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Catastro del cementerio municipal con la ubicación de las secciones, panteones, nichos y sepulturas.
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De acuerdo al codigo de zonificación del partido de Balcarce, establecido por la Ordenanza 52/14 Art. 4.12) define a la Zona Comercial Ocasional 4 (CO 4) como el área delimitada por un eje imaginario que pasa 50 mts a cada lado de las calles 39 desde Av. Centenario hasta calle 32. Para más detalle ver la Ord 52/14.
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Calles pavimentadas de la ciudad de Balcarce
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La red de drenaje es el curso natural de transporte por gravedad del agua (y sus componentes en disolución), formando los lechos de cauce de los ríos y arroyos, lagos, y flujos subterráneos alimentados por la lluvia o la nieve fundida.
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Extensión de territorio cuya superficie no debe exceder las 1,5 hectáreas y están totalmente rodeadas de vías de comunicación.
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El Partido se dividirá en circunscripciones, pudiendo contener en conjunto o separadamente plantas urbanas, suburbanas y rurales. (El Decreto Reglamentario de la Ley 4331/35 o Ley General de Catastro Parcelario de la Provincia en su apartado "Nomenclatura")
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Servicio de recolección de residuos sólidos urbanos (RSU) de acuerdo a la empresa que provee el servicio (Ashira) en la ciudad de Balcarce, Los Pinos y San Agustín.
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Extensión de la cobertura de agua potable en la ciudad de Balcarce a julio del 2023
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De acuerdo al codigo de zonificacion del partido de Balcarce, establecido por la Ordenanza 52/14 Art. 4.2) define la Zona Comercial Administrativa 2 (CA2) como el área delimitada por las calles 10 desde calle 23 hasta calle 9; calle 9 desde calle 10 hasta calle 16; calle 16 desde calle 9 hasta calle 1; calle 1 desde 16 hasta calle 18; calle 18 desde calle 1 hasta calle 9; calle 9 desde calle 18 hasta calle 26; calle 26 desde 9 hasta calle 23; calle 23 desde calle 26 hasta calle 18; calle 18 desde calle 23 hasta calle 31; calle 31 desde calle 18 hasta calle 16; calle 16 desde calle 31 hasta calle 23; calle 23 desde calle 16 a calle 10. Considerando las parcelas de los frentes a las arterias enunciadas con la misma característica, siendo el límite interior de esta zona el límite exterior fijado para la zona C.A 1. Se contempla a su vez como zona C.A 2, la Av. Del Valle desde calle 10 hasta calle San Lorenzo; Av. Kelly continuando como Av. Centenario desde calle 31 hasta calle 47; Av. Uriburu desde calle 26 hasta Av. 40 y Av. Cháves y Av. San Martín desde calle 1 hasta Av. 115. Considerándose todas las parcelas con frentes a las Avenidas enunciadas (Del Valle; Uriburu; Kelly y Cháves). Para más detalle ver la Ord 52/14